Los archivos Charles Darwin, Friedrich Nietzsche y Carlos Chagas también se cuentan entre las 74 nuevas inscripciones en la lista de la ONU de patrimonio documental de valor universal. Los nuevos registros fueron presentados por 72 países y cuatro organizaciones internacionales
La Declaración Universal de los Derechos Humanos y los archivos del naturalista británico Charles Darwin, cuya teoría de la evolución por selección natural revolucionó la comprensión de la naturaleza y el lugar de la humanidad en ella, se encuentran entre las 74 nuevas incorporaciones a la lista de la ONU de patrimonio documental de valor universal.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) anunció esta semana las últimas inscripciones a su Registro Memoria del Mundo.
Presentadas por 72 países y cuatro organizaciones internacionales, las inscripciones abarcan temas como la revolución científica, la contribución de las mujeres a la historia e hitos clave del multilateralismo, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos hace casi 80 años.
Catorce de las nuevas colecciones inscritas forman parte del patrimonio documental científico.
Documentos frágiles y en riesgo
El Registro comprende colecciones documentales que incluyen libros, manuscritos, mapas, fotografías y grabaciones de sonido o video, que dan testimonio del patrimonio común de la humanidad.
Estos objetos suelen ser extremadamente frágiles y corren el riesgo de deteriorarse o verse expuestos a desastres.
Las colecciones se añaden por decisión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO, tras la evaluación de las candidaturas por parte de un comité asesor internacional independiente.
Un mapa diversificado de las creaciones humanas
El director de la División de Inclusión Digital y Políticas y Transformación Digital de la UNESCO, Guilherme Canela, habló con Noticias ONU sobre la importancia de la Memoria del Mundo.
“Si se quiere comprender la composición química de nuestro planeta, se consulta la tabla periódica de los elementos”, dijo.
Canela agregó que, en cambio, “si se quiere tener un mapa diversificado de lo que los seres humanos han creado en los campos igualmente variados de la literatura, la historia y las relaciones internacionales, la ciencia, la música, la religión, la filosofía, los idiomas, el cine y muchos otros, entonces se recurre al Registro de la Memoria del Mundo de la UNESCO”.
Documentos científicos, médicos, filosóficos, literarios…
Entre las nuevas inscripciones destacan, además de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los archivos de Darwin, el Itḥāf Al Mahbūb, presentado por Egipto, que documenta la contribución del mundo árabe a los campos de la astronomía, el movimiento planetario, los cuerpos celestes y el análisis astrológico durante el primer milenio de nuestra era.
También se han inscrito los archivos de Friedrich Nietzsche (Alemania); Wilhelm Conrad Roentgen (Alemania), que contienen las primeras fotografías registradas de rayos X; y de Carlos Chagas (Brasil), pionero en la investigación de enfermedades.
Otros incluyen colecciones relacionadas con la memoria de la esclavitud, presentadas por Angola, Aruba, Cabo Verde, Curaçao y Mozambique, así como archivos de mujeres históricas prominentes, todavía subrepresentadas en el registro, como la pionera de la educación de las niñas, Raden Ajeng Kartini (Indonesia y Países Bajos), la autora Katherine Mansfield (Nueva Zelanda) y las escritoras viajeras Annemarie Schwarzenbach y Ella Maillart (Suiza).
Varias colecciones documentan hitos clave en la cooperación internacional, como las Convenciones de Ginebra (1864-1949) y sus Protocolos (1977-2005) (Suiza), la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948, Naciones Unidas) y la Declaración de Windhoek de 1991 (Namibia), una referencia mundial sobre la libertad de prensa.
El programa Memoria del Mundo se estableció en 1992 con el objetivo de fomentar la preservación del patrimonio documental de la humanidad y garantizar el acceso universal al mismo.
Sobre la Declaración Universal de los Derechos Humanos
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su (Resolución 217 A (III)) como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida a más de 500 idiomas. La DUDH es ampliamente reconocida por haber inspirado y allanado el camino para la adopción de más de setenta tratados de derechos humanos, que se aplican hoy en día de manera permanente a nivel mundial y regional (todos contienen referencias a ella en sus preámbulos).
Redacción de la Carta Internacional de Derechos Humanos – Archivos y Documentos Oficiales de la ONU – 1946 a 1966
Remitentes: Biblioteca y Archivos de las Naciones Unidas, Ginebra, y Sección de Gestión de Archivos y Registros de las Naciones Unidas, Nueva York.
Por primera vez en la historia, en 1948, los países acordaron una lista completa de derechos humanos inalienables e indivisibles. En diciembre de ese año, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), un documento histórico que marcó profundamente el desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos.
Redactada por representantes de diferentes contextos jurídicos y culturales de todo el mundo, fue proclamada por la Asamblea General como ideal común para todos los pueblos y naciones. Establece los derechos humanos fundamentales que deben protegerse universalmente y ha sido traducida a más de 550 idiomas.
La DUDH ha allanado el camino para la adopción de más de 70 tratados de derechos humanos, que hoy se aplican de forma permanente a nivel mundial y regional.
Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
Ahora, por tanto,
La Asamblea General,
Proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.