Durante milenios, las aguas han actuado como elemento de separación de las civilizaciones, pero al mismo tiempo las unían. El mar ha sido el escenario de numerosas aventuras humanas, por lo que en su fondo reposan las huellas de los viajeros, los guerreros y los mercaderes que lo han recorrido, dejando multitud de pecios a lo largo de la historia
Pecios de navíos
Se calcula que, en la actualidad, en los fondos oceánicos se encuentran más de 3 millones de pecios de navíos, si bien, como es obvio, se trata sólo de una estimación. En cualquier caso, algunos de estos pecios tienen miles de años de antigüedad, por lo que, si el entorno permite preservarlos, nos pueden proporcionar información histórica muy valiosa. Por su propia naturaleza, los pecios de navíos son el testimonio del comercio y el diálogo cultural entre pueblos, pero al mismo tiempo nos pueden servir para viajar en el tiempo y contemplar una instantánea completa de cómo era la vida a bordo del navío en el momento del naufragio.
Éstos son algunos de los principales pecios de navíos conocidos:
- el Titanic;
- la Armada Invencible de Felipe II de España;
- la flota de Kublai Jan;
- las carabelas de Cristóbal Colón;
- los galeones españoles que viajaban entre América y España, y
- el pecio de Anticitera.
La carga de algunos de los navíos naufragados puede resultar de gran interés para el mundo de las artes. En pecios antiguos de navíos griegos y romanos se ha encontrado un gran número de estatuas muy valiosas que en la actualidad se encuentran expuestas en museos. A modo de ejemplo, el pecio de Anticitera contenía estatuas de mármol y bronce de gran valor, y, aunque las de mármol habían quedado muy dañadas por la sal marina, las de bronce (incluido el Joven de Anticitera) se pudieron recuperar utilizando técnicas de restauración. Asimismo, varios navíos modernos, como por ejemplo el Vrouwe Maria y el Lusitania, se hundieron cuando llevaban en su interior obras de arte de valor incalculable.
Navíos de bloqueo y barreras navales
Un navío de bloqueo es un navío hundido deliberadamente a fin de bloquear el paso a través de un río, una bahía o un canal. Algunos navíos de bloqueo se hundieron para defender estrechos del ataque de las fuerzas enemigas, pero también se ha dado el caso inverso, es decir, navíos hundidos por los propios atacantes para evitar que los defensores atravesasen un estrecho. A continuación figuran algunos ejemplos de este segundo caso:
El HMS Thetis, el Iphigenia y el Intrepid, hundidos durante al ataque a los puertos de Zeebrugge y Oostende en 1918 para evitar que la marina alemana los utilizase.
La barricada naval del siglo X que se encuentra cerca de Skuldelev, en el fiordo de Roskilde, concebida para proteger la ciudad de Roskilde, un importante centro comercial.
La barrera sueca formada por 20 navíos hundidos deliberadamente en 1715 en la bahía de Greifswald, isla de Rügen, en la costa báltica de Alemania.
Pecios de aeronaves
Los mares y lagos no sólo albergan pecios de navíos, sino que también conservan los restos de otros medios de transporte, como por ejemplo aviones que se hundieron combatiendo en guerras o aviones civiles que sufrieron accidentes.
Algunas de estas aeronaves pueden tener una gran importancia desde el punto de vista histórico, como por ejemplo: el Lockheed P-38 descubierto en el Mediterráneo en las proximidades de la isla de Riou, cerca de Marsella. En el accidente en el que cayó al mar, falleció el célebre escritor Antoine de Saint-Exupéry.
De acuerdo a la UNESCO «un pecio no solo es un cargamento, sino también los restos de un navío, de su tripulación, de sus pasajeros y de las vidas de los mismos». Así pues, el concepto de pecio incluye no solo los restos de una embarcación y de su carga, sino también todos los restos históricos y culturales que se encuentren en su entorno. En un sentido amplio, se incluye toda la obra portuaria, los desechos industriales, desperdicios, objetos abandonados, y otros restos sumergidos o semisumergidos que aporten información relevante de la actividad humana en un entorno geográfico e histórico determinado. Un pecio debe ser considerado, por tanto, en un contexto arqueológico subacuático.
Los pecios forman parte del patrimonio cultural subacuático; por ello, en ocasiones este tipo de restos pueden constituir un yacimiento arqueológico importante, ya que permiten el estudio tanto de la construcción de los barcos en cada época, las diferentes rutas marinas que se seguían a lo largo de la historia, así como la forma de vida de los habitantes de una zona del planeta en una época determinada. Es frecuente encontrar su ubicación en las cartas náuticas marinas.
La Convención de la UNESCO de 2001 sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático y su contexto
La Convención de 2001 de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático es la principal referencia legal internacional para la protección del patrimonio cultural subacuático.
Fue redactada por la comunidad internacional para prevenir la destrucción de sitios arqueológicos sumergidos, regular la cooperación entre los Estados y armonizar las normas internacionales de investigación. Por encima de todo se creó para armonizar la protección del patrimonio sumergido, que incluye antiguos naufragios y ruinas hundidas, con la protección ya otorgada al patrimonio cultural en tierra.
La Convención de 2001 prohíbe el pillaje y la explotación comercial del patrimonio para beneficio individual, define el alcance del patrimonio y abarca el concepto de que el patrimonio es un activo común que fomenta un acceso público responsable, el intercambio de conocimientos y el disfrute público. En conjunto, la Convención crea criterios comunes y normas de buenas prácticas para la protección del patrimonio cultural subacuático para promover su salvaguardia.
La Convención se basa en el trabajo común de una comunidad internacional de científicos y expertos de Estado que comenzó en 1976 y dio lugar a cuatro reuniones intergubernamentales que reunieron a los 193 Estados Miembros de la UNESCO. Fue aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en 2001 y está ahora abierta a la ratificación. Esta adopción reemplazó la firma de otro modo habitual de un tratado para su ratificación por los Estados redactores y por ella los Estados contratados para no actuar contra el espíritu de la Convención desde la adopción. Más de 50 Estados han ratificado la Convención y están plenamente vinculados por sus reglamentos y definiciones. Muchos más están en proceso de preparación de la ratificación. 18 Estados de la región de América Latina y el Caribe son ahora Estados Partes en la Convención. La mayoría de las asociaciones profesionales de arqueólogos y arqueólogos subacuáticos han apoyado igualmente la Convención de 2001 y su definición del patrimonio cultural subacuático. Otros textos jurídicos se han inspirado en las definiciones de la Convención de 2001 y están en consonancia con otros tratados jurídicos que definen el patrimonio.
La definición del patrimonio cultural subacuático de la Convención de 2001
La Convención de la UNESCO 2001 define en su artículo 1:
Artículo 1 – Definiciones
A los efectos de la presente Convención:
1. (a) Por “patrimonio cultural subacuático” se entiende todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años, tales como:
(i) los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural;
(ii) los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y
(iii) los objetos de carácter prehistórico.
La definición de patrimonio cultural de la Convención de 2001 de la UNESCO no contiene ninguna referencia de importancia, ya que puede ser diferente a nivel local, nacional o internacional. La importancia también está sujeta a cambios. Se puede crear y mejorar a través de la investigación y la sensibilización del público. Cuanto más se publicita y discute un sitio en los medios de comunicación, más significativo se vuelve. Lo que se considera significativo en las actuales circunstancias también puede perder importancia en el futuro. Un sitio puede, por ejemplo, dejar de ser el único o más conocido ejemplo de un cierto fenómeno. Por el contrario, los sitios o restos que no se consideran significativos ahora, pueden resultar de enormes consecuencias en el futuro. Los Estados que redactaron el texto de la Convención de 2001 de la UNESCO y lo adoptaron, lo han tenido en cuenta al garantizar una protección general.
La Convención de 2001 no regula las cuestiones de propiedad, sino que se centra únicamente en los valores patrimoniales. Igualmente no da importancia al valor monetario de los hallazgos, sino sólo a su valor cultural intrínseco.
Nota sobre los elementos repetitivos:
La definición utilizada por la Convención de la UNESCO 2001 no contiene un punto de referencia de representatividad o singularidad. El hecho de que se encuentre un artículo, mientras que otro similar ya se ha descubierto, no cambia su carácter de patrimonio cultural en el marco de la Convención (por ejemplo, en el caso de las monedas). El razonamiento detrás es que también la repetición puede ser información científica muy valiosa, por ejemplo sobre el tamaño del comercio, vehículos, armamento o las exhortaciones puestas en una población para obtener los artefactos en cuestión.
Nota sobre los cargamentos:
La Convención de 2001 cita expresamente en su Artículo 1 como ejemplo de patrimonio cultural subacuático «buques, aviones, otros vehículos o cualquier parte de ellos, su carga u otros contenidos, junto con su contexto arqueológico y natural …». Con ello la Convención destaca explícitamente el carácter patrimonial de las cargas de buques, sin diferenciar su valor, destino o destino inicial. La exclusión per se de las «cargas comerciales consistentes en materiales en estado bruto, muebles en serie que hayan tenido valor cambiario o impositivo, como monedas y lingotes, y cargas industriales» de la identificación como patrimonio cultural, no está en consonancia con la definición de la Convención de 2001